Huixquilucan

Huixquilucan

viernes, 5 de diciembre de 2014

Foro sobre el tema


Es toda vía o camino de espacio público, abierto al tránsito en general para marchar por el, observando siempre las normas establecidas. Así el conjunto de vías recibirán el nombre de calles y podemos verlas en cierto poblado como vías urbanas.

La implementación de la política pública muestra un sesgo hacia el favorecimiento de organizaciones y grupos de población rural con esquemas de incentivos y la SEDATU propone una dinámica incluyente de atención a las demandas sociales, incorporando a los sujetos agrarios en su totalidad e impulsándolos a cumplir con los criterios que garanticen la sustentabilidad y el desarrollo comunitario eficiente.

En el Municipio de Huixquilucan el Bando Municipal vigente en el subtítulo octavo correspondiente al desarrollo urbano señala que el ayuntamiento en coordinación con leyes estatales y federales cumplirá con los planes y leyes de ordenamiento vigentes.

El artículo 15 cuenta con 17 fracciones que realizarán acciones que promuevan un desarrollo viable para el municipio, el de mayor importancia es la suspensión de licencias como autorizaciones y permisos de construcción en la administración actual.

Realmente el hecho de que se incremente el número de viviendas no reduce el que las personas tengan mejor oportunidades de vivir en un hogar digno ya que incluso habiendo lugar donde asentarse no cuenta con los recursos necesarios para solventar el gasto de un hogar.

Desarrollo Urbano

El Bando Municipal de Huixquilucan Estado de México en su Título Octavo se refiere al Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Protección al Medio Ambiente. 
Cuenta con tres capítulos y el primero es el referente al Desarrollo Urbano en el cuál encontramos los artículos 115 con XVII fracciones, el 116, 117 y 118.
Articulo 115.- Señala las atribuciones con las que cuenta el municipio  respecto a los asentamientos y el desarrollo urbano.
Entre las más importantes encontramos:
V. Definir las políticas para crear y administrar reservas territoriales y ecológicas,
VI. No otorgar licencias, autorizaciones y permisos de construcción sin acuerdo de la normatividad vigente.
X. Participar en la supervisión de obras de urbanización.
XV. Promover el mejoramiento de las viviendas y de la imagen urbana del municipio.
Las anteriores fracciones resaltando algunos de los programas que la Onu tiene a través de Hábitat como el Observatorio Urbano Mundial (GUO).

Zonificación en México

CATEGORÍAS Y SUBCATEGORÍAS DE LA ZONIFICACIÓN EN MÉXICO
Categoría de Centros de Población
Se describen las categorías de los centros de población con relación a sus funciones regionales:
Categoría: URBANA
Subcategorías:
• Centros de población con servicio de nivel MEDIO.  (ciudades pequeñas) Son aquellos con una población entre 10,000 y 50,000 habitantes, que funcionan como centros de servicios sub-regionales, cuya influencia queda comprendida dentro de los límites de la sub-región, guardando una relación de dependencia con los rangos superiores;  
• Centros de población con servicios de nivel INTERMEDIO (ciudades medias)  Son aquellos con una población entre 50,000 y 100,000 habitantes que funcionan como centros de servicio sub-regionales, cuya influencia queda comprendida dentro de los límites de la sub-región, generando una relación de dependencia con los rangos superiores;  
• Centros de población con servicios de nivel ESTATAL (ciudades grandes, metropolitanas) Son aquellos con una población entre 100,000 y 500,000 habitantes, que funcionan como centros regionales, cuya influencia se circunscribe a los límites de la región en el Estado;  y  
• Centros de población con servicios de nivel REGIONAL. (ciudades grandes inter.- regionales) Son aquellos con una población mayor a 500,000 habitantes, que funcionan como centros Inter-regionales, cuya influencia trasciende los límites del Estado.  
Categoría: RURAL
Centros de población rural.  Aquellos que cuentan con una población menor a los 2,500 habitantes, donde excepcionalmente pueden encontrarse servicios y equipamiento para la población que ahí radique:  
Subcategorías:
• Servicios rurales urbanos concentrados  Son aquellos con una población entre 2,500 y 5,000 habitantes y servicios y equipamiento para atender las necesidades inmediatas del nivel micro- regional para la población rural; 
• Centros de población con servicios de nivel BASICO. Son aquellos con una población entre 5,000 y 10,000 habitantes, que funcionan como centros de servicios de integración urbano-rural, articulando las áreas urbanas con las rurales;  
Categoría: ZONA INDUSTRIAL
Categoría: RESERVAS ECOLÓGICAS
Subcategorías:
• Reservas de la Biosfera 
• Parques Nacionales
• Monumentos Naturales
• Áreas de Protección de Recursos Naturales
• Áreas de Protección de Fauna y Flora
• Santuarios
Categoría: RESERVA A FUTURA URBANIZACIÓN 
Terrenos validos sin ninguna función ambiental que estén en un clima templado y cerca de los servicios a la ciudadanía.

PLANES Y PROGRAMAS Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN EL ESTADO DE MÉXICO.


• Tenemos en la SDUEM cuenta con una diversa normatividad respecto al su desarrollo.
Cuenta con lo que son los planes de desarrollo ya sea estatal, municipal y regional y como trabajan estos en conjunto para llegar a un objetivo final. A su vez encontramos lo que es el uso de suelo, su normatividad y como está organizado.  Lo que son los desarrollos habitacionales, que requisitos debe contar estos para su desarrollo y su viabilidad y finalmente lo que son las autorizaciones de los tres mencionados anteriormente.
• Las principales disposiciones primero que nada es que los lotes deben ser regulares, es decir que estén al margen de la ley, otros aspectos importantes es la preservación del medio ambiente y de la cultura y a su vez que viabilidad tendrá este nuevo centro urbano, es decir si se cuentan con una población que este en alta demanda. También otras disposiciones son los servicios que deben brindar a los ciudadanos que a su vez son necesidades de estos.


Ley de desarrollo urbano

LEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE MEXICO
• El índice de esta ley estámucho más resumida a la comparativa.
• En el plan de desarrollo se va a lo general, es decir va directamente con lo que es el estado, valle de México y zonas conurbadas al edo de mex.
• Hablando en materia de reserva ecológica, el estado de México la hace un lado, es decir no pone una autoridad reguladora para la venta de los terrenos a particulares y muchas veces esos terrenos son reservas ecológicas o asentamientos irregulares en los cuales si permiten su construcción.
• No hay un fragmento específico que hable sobre la conservación del patrimonio cultural.
• No hay una regulación en los fragmentos para las licencias y sanciones, no hay un control legal.
LEY DE DESARROLLO URBANO DE VERACRUZ
• Toman en cuenta la participación ciudadana.
• En el plan de desarrollo va más explícito hacia el estado y los municipios y desarrollo regional.
• A comparación del estado de México aquí si hay regulación sobre todo el territorio y hay mayor control en su venta a privado para que no afecte al medio ambiente la construcción del inmueble, es decir, en Veracruz no se puede comprar un terreno que este ya en una reserva ecológica.
• Se habla de la conservación del patrimonio cultural.
• Cada fragmento cuenta con sus licencias, multas y sanciones para la construcción.

Marco jurídico

    ARTÍCULO 2°
Habla sobre las garantías que tienen los pueblos autónomos (indígenas) que sobre todo debe cuidarse sus usos y tradiciones, que ellos tienen derecho de conservar sus formas de administración de leyes y recursos y que el municipio, estado y federación deben resguardarlos, a la vez nos dicen que ellos al igual que las sociedades civilizadas tienen los mismo derechos (educación, salud seguridad etc) y que también entran dentro del plan nacional de desarrollo.
ARTÍCULO 25°
Habla sobre las responsabilidades que tiene el estado con las empresas de sector público y sector privado a la vez también de que obligación tienen ambas ante el ciudadano y cómo se organiza. También habla de que todo esto debe de estar dentro de un plan de desarrollo sustentable, hablándose de extracción de materias energizantes.
ARTÍCULO 26°
Habla más claro sobre las cláusulas de la ley federal de desarrollo y sus principales características es la medición de la pobreza y de la evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social, así como de emitir recomendaciones en los términos que disponga la ley.
ARTÍCULO 27°
Habla sobre los recursos que tiene la nación como lo son territorio y agua y como son repartidos y a la vez como el sector privado puede adquirir y tener usos de ellos.
ARTÍCULO 115°
Aquí nos dice lo que es la administración de un municipio, que administra, como se reparten los poderes, lo que se puede hacer cuando una alcaldíadesaparece, como está compuesta la ramificación en el municipio y que poderes tiene y cuáles no.
ARTÍCULO 116°
Habla sobre las atribuciones que tiene el poder ejecutivo y legislativo a nivel nacional o estatal y del poder judicial sobre quien cae el poder de los tres poderes.
LEY DE PLANEACIÓN
Habla sobre la planeación que deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
LEY DE ASENTAMIENTOS URBANOS
Habla sobre las características que tiene los territorios dentro de un estado y municipio y como son administrados para distintos usos y a su vez la división que hay de cada uno.

Municipio

• División territorial municipal: El municipio principalmente se encuentra dividido por
1. Colonia
2. Barrio
3. Fraccionamiento
4. Pueblo
5. Ranchería 

• Ordenamiento Urbano:
Las experiencias y conceptualizaciones sobre ordenamiento urbano en el mundo permiten colegir que se trata de una política de Estado y un proceso planificado de naturaleza política, técnica y administrativa, cuyo objeto central es el de organizar, armonizar y administrar la ocupación y uso del espacio, de modo que éstos contribuyan al desarrollo humano ecológicamente sostenible, espacialmente armónico y socialmente justo. Lo anterior pone en evidencia que en el ordenamiento urbano confluyen las políticas ambientales, las políticas de desarrollo regional, espacial o territorial y las políticas de desarrollo social y cultural, cuya naturaleza es determinada por el modelo de desarrollo económico dominante en cada país. 
• Instrumentos de ordenamiento urbano
Son diversos los instrumentos de gestión y apoyo técnico de que dispone el ordenamiento urbano de los municipios. Estos pueden clasificarse como instrumentos de gestión, control y financiero.
Los instrumentos de gestión incluyen, entre otros, planes de ordenamiento urbano, planes parciales, planes de renovación urbana, declaratoria de desarrollo y construcción prioritaria, bancos inmobiliarios, expediente urbano y programas de vivienda de interés social.



CRECIMIENTO URBANO EN INTERLOMAS.

   


1.- OBJETO DE ESTUDIO
El potencial del Municipio de Huixquilucan, derivado de la ubicación privilegiada que le confiere su cercanía con el Distrito Federal, a su accesibilidad por medio de las vías de comunicación convencionales y las autopistas a Querétaro y a Toluca, y a la disposición de suelo urbano y susceptible de urbanizarse, le permiten tener acceso a las cadenas productivas regionales y estatales, y le confieren un papel relevante en el contexto metropolitano.

Las zonas residenciales y el complejo comercial de Interlomas son una de las principales fuentes de empleo y de ingresos económicos del municipio, su desarrollo ha sido tan importante que se le conoce como la Perla del Poniente, sin embargo hoy día debido a una mala planeación y a la falta de aplicación a las normatividades vigentes competentes al área urbana cuenta con problemas como inundaciones y un tránsito vehicular constante, además del crecimiento desmedido que provoca la saturación de los servicios públicos.

2.- LEGALIDAD 
A continuación se establecen los instrumentos jurídicos encargados de sustentar el Desarrollo Urbano del Municipio desde el orden Federal, hasta el local.
DISPOSICIONES FEDERALES

En los artículos 26 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se señala que el Estado organizará un Sistema de Planeación Democrático que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento económico en los municipios. En términos de las leyes federales y estatales relativas, los municipios estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y los planes municipales de desarrollo urbano; participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; en la formulación de los planes de desarrollo regional; así como controlar y regular la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales.

La Ley General de Asentamientos Humanos precisa la importancia que tiene la federación al participar con los Estados y los municipios en el establecimiento de la normatividad en el tema de planeación, ordenación y regulación de los asentamientos humanos, reconociendo la utilidad de la participación ciudadana en este proceso. Además determina las atribuciones de los gobiernos municipales destacando la formulación, aprobación y administración de los planes y programas de desarrollo urbano y los procedimientos para la aprobación y ejecución de dichos planes y programas; advirtiendo en este rubro la concurrencia y coordinación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. En este ordenamiento se establece que en la planeación nacional del desarrollo se deberá incorporar la política ambiental, específicamente en su artículo 20 Bis 5 fracción IV se menciona que las autoridades locales harán compatibles el ordenamiento ecológico del territorio y la ordenación y regulación de los asentamientos humanos, incorporando las previsiones correspondientes en los programas de ordenamiento ecológico local, así como en los planes o programas de desarrollo urbano que resulten aplicables. 

DISPOSICIONES ESTATALES
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. En el artículo 77 fracción VI de este ordenamiento, se faculta y obliga al Gobernador del Estado a planear y conducir el desarrollo integral de la entidad; formular, aprobar, desarrollar, ejecutar, controlar evaluar el Plan Estatal de Desarrollo, planes sectoriales, metropolitanos y regionales, y los programas que de éstos se deriven; señalando asimismo que en los procesos de planeación metropolitana y regional se deberá consultar a los Ayuntamientos.

Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. En el artículo 31 fracciones I, II, IV, V,VI, y VII de esta Ley, se confiere atribuciones a la Secretaría de Desarrollo Urbano para aplicar y vigilar las disposiciones legales en materia de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, del desarrollo urbano y vivienda, promover la implantación de los planes municipales dedesarrollo urbano y vigilar su congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo Urbano y los planes regionales, así como vigilar el desarrollo urbano de las comunidades y centros de población del Estado.

Ley de Planeación del Estado de México y Municipios. Destaca entre sus normas un sistema de planeación y participación democrática para el desarrollo del Estado de México y sus municipios. En sus artículos 13 y 14 advierte que el sistema de planeación democrática comprende como instrumentos el proceso de planeación estratégica, los planes, programas y las políticas de planeación que autorice el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos, determinando a su vez que este sistema se conforma entre otros instrumentos por los planes de desarrollo municipales del Estado de México.

Código Administrativo del Estado de México. En su Libro Quinto, titulado “Del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano de los Centros de Población” se fijan las bases de planeación, regulación, control, vigilancia y fomento al ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población en la entidad.

En los artículos 5.21, 5.23 y 5.24 se prevé el sistema estatal de planes de desarrollo urbano y se determina que éste se integra por el conjunto de instrumentos técnicos y normativos formulados por autoridades estatales y municipales con la participación social entre los que se        enmarcan los Planes Municipales de Desarrollo Urbano, asimismo, se establece su integración, contenido yvinculación entre sí con otros instrumentos de planeación. Destaca en su contenido la integración de materias que resulten necesarias y que impriman un carácter integral que propicie el desarrollo sustentable de la población y de las actividades económicas.

El artículo 5.28 y en relación con los artículos 5.9 y 5.10, precisa el procedimiento para su elaboración,aprobación, publicación e inscripción, así como las facultades de los municipios para elaborar, ejecutar y evaluar los Planes Municipales de Desarrollo Urbano, y a la Secretaría de Desarrollo Urbano para emitir los respectivos dictámenes de congruencia de dichos planes con el Plan Estatal y los planes regionales de desarrollo urbano, al igual que con los planes parciales que de éstos se deriven.

DISPOSICIONES MUNICIPALES
              La Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece en sus artículos 11 y 12, que los Ayuntamientos estarán facultados para aprobar y administrar la zonificación de su Municipio, así como participar en la creación y administración de sus reservas territoriales, en términos de lo dispuesto por la ley de la materia y los planes de desarrollo urbano correspondientes.
            EL Bando Municipal de Huixquilucan en si Titulo Octavo  referente al Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Protección al Medio Ambiente en su capítulo I Artículo 117 señala las atribuciones de asentamientos humanos y desarrollo urbano, siguientes: 
• Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Plan Municipal de Desarrollo Urbano, planes de centros de población, zonificación y planes de administración de reservas territoriales; con la participación que confiera la ley al Estado;
• Convenir y participar en coordinación regional y metropolitana para el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda, y la prestación de servicios públicos;
• Fomentar la participación de la comunidad en la elaboración, ejecución, evaluación y modificación del Plan Municipal de Desarrollo Urbano;
• Coordinar la administración y funcionamiento de los servicios públicos municipales con los planes y programas de desarrollo urbano;
• Definir las políticas para crear y administrar reservas territoriales y ecológicas;
• Ejercer indistintamente con el Estado el derecho preferente para adquirir inmuebles y destinarlos a servicios públicos;
• Autorizar, controlar y vigilar el uso adecuado del suelo.
• Otorgar licencias, autorizaciones y permisos de construcción de acuerdo a la normatividad vigente;
• Autorizar cambios de uso de suelo, de densidad e intensidad y altura de edificaciones, procedentes conforme a la normatividad e interés público;
• Participar en la supervisión de obras de urbanización, infraestructura y equipamiento de conjuntos urbanos, subdivisiones y notificaciones para condominios, así como recibirlas mediante actas de entrega recepción;
• Promover e intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra en ámbito de su competencia a petición de parte ante las instancias correspondientes;
• Participar en coordinación con las instancias federales y estatales, en la planeación y regularización de los centros urbanos involucrados en los procesos de conurbación;
• Expedir los Reglamentos y disposiciones necesarias para regular el desarrollo e imagen urbana;
• Normar el uso de la nomenclatura y números oficiales; así como autorizar y vigilar la colocación y mantenimiento de placas que identifiquen los domicilios particulares y comerciales;
• Promover el mejoramiento de las viviendas y de la imagen urbana del Municipio;
• Promover la conservación de edificios con valor arqueológico, histórico, artístico y cultural, en coordinación con las entidades competentes; y 
• Las demás que señalen las disposiciones legales aplicables en la materia.

3.- FUNCIONALIDAD 
           Es evidente la manera en que la parte legal de estos proyectos de urbanización de Interlomas ha sido ignorada desde el orden federal hasta el municipal comenzando por los lineamientos federales donde no se cumplen los propósitos de los programas como el de 
vivienda o el Plan de Desarrollo.

             Asimismo, contempla un sistema de localidades de los asentamientos humanos con base a la integración, crecimiento y distribución de la población del territorio municipal en torno a la regionalización del Municipio en 5 zonas, tomando como base el Plan de Desarrollo Urbano de Huixquilucan, el II Conteo de Población y Vivienda 2005 y el Nomenclátor de Localidades del Estado de México 1999.
Lo anterior para contar con ciertos alcances como los siguientes:

            Definir la estructura urbana del Municipio, la zonificación de los usos y destinos del suelo de su territorio, la zonificación secundaria a nivel de predio y su normatividad en la zona urbana de la porción Este, que conlleven al ordenamiento territorial urbano y que garantice el bienestar social y el desarrollo sustentable en función de la vocación del suelo y la disponibilidad de agua.

            Para efectos censales el INEGI denomina a una parte del territorio de Huixquilucan como localidad de “Naucalpan de Juárez”, en ella, se concentra la mayor parte de la población, equipamiento urbano y las actividades económicas del Municipio. Se estimó que para el año 2000 tenía 107,951 habitantes distribuidos en una superficie de 2,265 hectáreas con una densidad bruta    de 48 habitantes por hectárea. Le siguen en orden de importancia Jesús del Monte con una población de 8,669 habitantes asentados en 131.46 hectáreas y con una densidad bruta de 66 habitantes por hectárea, y la Cabecera Municipal con una población de 7,962 habitantes distribuidos en 4,165 hectáreas con una densidad bruta de 2 habitantes por hectárea.

               De acuerdo con los datos del II Conteo de Población y Vivienda del 2010, la población total del Municipio fue de 224,042 habitantes y en las localidades de Jesús del Monte hubo 19,113, en la Cabecera Municipal 9,200, y en la zona denominada Naucalpan de Juárez fueron 118,181 habitantes. El resto, 77,548 habitantes, se encontraron en las localidades con menos de 15,000 habitantes.

           Cabe mencionar que Interlomas se encuentra ubicado en lo que el Inegi denomina Jesús del Monte  y es evidente como en una tercera parte de la superficie del municipio vive un gran número de la población y va en aumento.  

               Huixquilucan presenta dos tipos de procesos de ocupación del suelo. El primero corresponde al que se ha tenido en la porción este de su territorio el cual se ha debido a la expansión de las áreas urbanas que en las últimas décadas han tenido las Delegaciones Miguel Hidalgo en el Distrito Federal y el Municipio de Naucalpan por un lado, y por otro al que se ha presentado en la Delegación Cuajimalpa; crecimientos que se dieron más acelerados en el periodo 1970 - 1990 a partir de los desarrollos habitacionales como los fraccionamientos de La Herradura, Tecamachalco, y Bosque de las Lomas, entre otros, los que por la topografía accidentada se han desarrollado con una ocupación discontinua y con grandes desequilibrios en el crecimiento de las zonas ocupadas.

                El segundo proceso se origina con la expansión de las áreas de asentamientos humanos propias de las comunidades de colonias populares ubicadas en la zona Este, y de las localidades rurales, así como de la Cabecera Municipal que se encuentran en la parte Oeste.

                En el primer caso, el crecimiento de las zonas urbanas en Huixquilucan se ha favorecido por su cercanía con Naucalpan y las Delegaciones citadas, que bajo el fenómeno de expansión continúa de la mancha urbana de la Ciudad de México ha llegado a ocupar áreas del Municipio en donde la existencia de suelo disponible, así como las políticas del Estado de México sobre la aprobación de nuevos fraccionamientos, han propiciado dicha ocupación, que si bien la accidentada topografía ha representado problemas diversos, también ha constituido un atractivo paisajístico para los fraccionamientos creados mayoritariamente de nivel alto.

                  Por su parte, la estructura de la zona urbana de Huixquilucan se ha conformado por la suma de fraccionamientos de tipo residencial que se desarrollaron en la porción Este del territorio a partir de los límites con el Municipio de Naucalpan y de la Delegación Cuajimalpa, en muchos de los casos de manera independiente; de igual manera está integrada por las zonas habitacionales de las colonias populares aquí establecidas, así como por los siguientes elementos estructuradores: Centro urbano, corresponde al denominado Magnocentro o Interlomas donde se concentra el comercio vecinal y regional, las oficinas privadas y públicas, bancos, y otros servicios. Se encuentra prácticamente en el área central y es el único centro con estas características que existe en Huixquilucan.

                  Corredores urbanos, en la zona urbana se encuentran dos corredores urbanos, 
el primero es la Carretera Mexico - Huixquilucan y en la Av. Palo Solo; estos se encuentran en proceso de consolidación, localizándose comercio de barrio y vecinal mezclado con el uso habitacional, servicios y equipamiento educativo.

                    Estructura vial, la zona urbana de Huixquilucan se encuentra estructurada por vialidades primarias que comunican internamente a las zonas habitacionales, así como con la Delegación Miguel Hidalgo y Naucalpan, estas vialidades son principalmente vialidades primarias las cuales van en dirección Noreste – Suroeste que parten, o acceden, de vialidades existentes en el Municipio de Naucalpan, por lo que la comunicación interna se da en estos sentidos, sin que haya otras vías con esta jerarquía que hagan la comunicación de las distintas zonas habitacionales en dirección transversal, es decir, Norte – Sur.

4.- ESTUDIO DE CASO
Debido a su colindancia con el municipio de Naucalpan y el D.F Interlomas es un lugar céntrico para vivir, sin embargo esto ha generado que la población haya aumentado en una escala importante al grado de que las vialidades terrestres se saturen debido a la gran influencia vehicular, también se debe a que debido a la superficie no se pueden construir departamentos sin embargo se autorizaron varias licencias de construcción para los mismos 

Las vialidades secundarias y locales se encuentran en lo general al interior de los fraccionamientos y en Magnocentro, y junto con la red vial primaria conforman una estructura de plato roto que se ha dado como consecuencia de la topografía de la zona que se caracteriza por sus pendientes moderadas y altas con la existencia de diversas barrancas que surcan el territorio y que imposibilitan la adecuada continuidad de las vialidades y por ende la comunicación entre las zonas habitacionales, comerciales y de servicios.

Otro de los problemas con los que se cuenta es que debido a la mala planeación de este lugar es que no visualizaron el drenaje a largo plazo y en temporadas de lluvia hay severas inundaciones. 

Todo ello lo encontramos en un porcentaje de 17. 11% del territorio municipal y es evidente la manera en que se ve superada esta infraestructura debido al crecimiento poblacional y urbano de Interlomas. 

5.- LEGITIMIDAD 
              Una de las soluciones principales es la de ya no otorgar licencias de construcción para unidades habitacionales y cambiar el tipo de uso de suelo puesto que no es el indicado para el desarrollo de este centro urbano.
               Así como mejorar la red del drenaje trabajando en coordinación con CONAGUA para el entubamiento de los ríos que pasan por esas zonas y se encuentran gravemente contaminados.
                Esto dando cumplimiento a normatividades estatales y promover la modificación del bando municipal con la comisión correspondiente para ya no dar licencias de construcción y así evitar la saturación de las vialidades que no fueron planeadas para una gran urbe habitacional, que además requerirán de servicios públicos en los cuáles la Administración se ve superada debido a que sus alcances económicos no solo se destinan a esta parte del municipio si no a las zonas populares y tradicionales, las cuales también cuentan con necesidades transcendentales para su desarrollo urbano.
También se puede dar un mejoramiento urbano si:

• Contribuir con el desarrollo económico y social del Municipio, mediante la definición de usos del suelo diversificados y de normas que lo promuevan, que den como resultado oportunidades de empleo, equilibrio demográfico y ambiental.

• Dotar de elementos técnicos y de validez jurídica a las autoridades municipales, para garantizar la ordenación y regulación del desarrollo urbano en Huixquilucan.

• Identificar la dinámica urbana del Municipio, especialmente la manifestada del año 2003 (año de aprobación del Plan anterior), a la fecha, con el fin de conocer su problemática y sus tendencias, y garantizar su desarrollo sin afectación ni perjuicio al medio natural, social y urbano.

• Definir la estructura urbana y vial que propicie la vinculación de las dos porciones del Municipio, así como su integración interna y con el entorno metropolitano.

• Definir los requerimientos prioritarios de vialidad, vivienda, transporte, equipamiento, e infraestructura y servicios urbanos con el aprovechamiento óptimo de los recursos disponibles de la Administración Pública.

• Atender a los requerimientos de desarrollo económico regional estableciendo los usos recomendables en aquellas zonas factibles de urbanizar y en las que se estipule permanezcan sin urbanizar.