1.- OBJETO DE ESTUDIO
El potencial del Municipio de Huixquilucan, derivado de la ubicación privilegiada que le confiere su cercanía con el Distrito Federal, a su accesibilidad por medio de las vías de comunicación convencionales y las autopistas a Querétaro y a Toluca, y a la disposición de suelo urbano y susceptible de urbanizarse, le permiten tener acceso a las cadenas productivas regionales y estatales, y le confieren un papel relevante en el contexto metropolitano.
Las zonas residenciales y el complejo comercial de Interlomas son una de las principales fuentes de empleo y de ingresos económicos del municipio, su desarrollo ha sido tan importante que se le conoce como la Perla del Poniente, sin embargo hoy día debido a una mala planeación y a la falta de aplicación a las normatividades vigentes competentes al área urbana cuenta con problemas como inundaciones y un tránsito vehicular constante, además del crecimiento desmedido que provoca la saturación de los servicios públicos.
2.- LEGALIDAD
A continuación se establecen los instrumentos jurídicos encargados de sustentar el Desarrollo Urbano del Municipio desde el orden Federal, hasta el local.
DISPOSICIONES FEDERALES
En los artículos 26 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se señala que el Estado organizará un Sistema de Planeación Democrático que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento económico en los municipios. En términos de las leyes federales y estatales relativas, los municipios estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y los planes municipales de desarrollo urbano; participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas; en la formulación de los planes de desarrollo regional; así como controlar y regular la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales.
La Ley General de Asentamientos Humanos precisa la importancia que tiene la federación al participar con los Estados y los municipios en el establecimiento de la normatividad en el tema de planeación, ordenación y regulación de los asentamientos humanos, reconociendo la utilidad de la participación ciudadana en este proceso. Además determina las atribuciones de los gobiernos municipales destacando la formulación, aprobación y administración de los planes y programas de desarrollo urbano y los procedimientos para la aprobación y ejecución de dichos planes y programas; advirtiendo en este rubro la concurrencia y coordinación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno.
Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. En este ordenamiento se establece que en la planeación nacional del desarrollo se deberá incorporar la política ambiental, específicamente en su artículo 20 Bis 5 fracción IV se menciona que las autoridades locales harán compatibles el ordenamiento ecológico del territorio y la ordenación y regulación de los asentamientos humanos, incorporando las previsiones correspondientes en los programas de ordenamiento ecológico local, así como en los planes o programas de desarrollo urbano que resulten aplicables.
DISPOSICIONES ESTATALES
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. En el artículo 77 fracción VI de este ordenamiento, se faculta y obliga al Gobernador del Estado a planear y conducir el desarrollo integral de la entidad; formular, aprobar, desarrollar, ejecutar, controlar evaluar el Plan Estatal de Desarrollo, planes sectoriales, metropolitanos y regionales, y los programas que de éstos se deriven; señalando asimismo que en los procesos de planeación metropolitana y regional se deberá consultar a los Ayuntamientos.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. En el artículo 31 fracciones I, II, IV, V,VI, y VII de esta Ley, se confiere atribuciones a la Secretaría de Desarrollo Urbano para aplicar y vigilar las disposiciones legales en materia de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, del desarrollo urbano y vivienda, promover la implantación de los planes municipales dedesarrollo urbano y vigilar su congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo Urbano y los planes regionales, así como vigilar el desarrollo urbano de las comunidades y centros de población del Estado.
Ley de Planeación del Estado de México y Municipios. Destaca entre sus normas un sistema de planeación y participación democrática para el desarrollo del Estado de México y sus municipios. En sus artículos 13 y 14 advierte que el sistema de planeación democrática comprende como instrumentos el proceso de planeación estratégica, los planes, programas y las políticas de planeación que autorice el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos, determinando a su vez que este sistema se conforma entre otros instrumentos por los planes de desarrollo municipales del Estado de México.
Código Administrativo del Estado de México. En su Libro Quinto, titulado “Del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano de los Centros de Población” se fijan las bases de planeación, regulación, control, vigilancia y fomento al ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población en la entidad.
En los artículos 5.21, 5.23 y 5.24 se prevé el sistema estatal de planes de desarrollo urbano y se determina que éste se integra por el conjunto de instrumentos técnicos y normativos formulados por autoridades estatales y municipales con la participación social entre los que se enmarcan los Planes Municipales de Desarrollo Urbano, asimismo, se establece su integración, contenido yvinculación entre sí con otros instrumentos de planeación. Destaca en su contenido la integración de materias que resulten necesarias y que impriman un carácter integral que propicie el desarrollo sustentable de la población y de las actividades económicas.
El artículo 5.28 y en relación con los artículos 5.9 y 5.10, precisa el procedimiento para su elaboración,aprobación, publicación e inscripción, así como las facultades de los municipios para elaborar, ejecutar y evaluar los Planes Municipales de Desarrollo Urbano, y a la Secretaría de Desarrollo Urbano para emitir los respectivos dictámenes de congruencia de dichos planes con el Plan Estatal y los planes regionales de desarrollo urbano, al igual que con los planes parciales que de éstos se deriven.
DISPOSICIONES MUNICIPALES
La Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece en sus artículos 11 y 12, que los Ayuntamientos estarán facultados para aprobar y administrar la zonificación de su Municipio, así como participar en la creación y administración de sus reservas territoriales, en términos de lo dispuesto por la ley de la materia y los planes de desarrollo urbano correspondientes.
EL Bando Municipal de Huixquilucan en si Titulo Octavo referente al Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Protección al Medio Ambiente en su capítulo I Artículo 117 señala las atribuciones de asentamientos humanos y desarrollo urbano, siguientes:
• Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Plan Municipal de Desarrollo Urbano, planes de centros de población, zonificación y planes de administración de reservas territoriales; con la participación que confiera la ley al Estado;
• Convenir y participar en coordinación regional y metropolitana para el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda, y la prestación de servicios públicos;
• Fomentar la participación de la comunidad en la elaboración, ejecución, evaluación y modificación del Plan Municipal de Desarrollo Urbano;
• Coordinar la administración y funcionamiento de los servicios públicos municipales con los planes y programas de desarrollo urbano;
• Definir las políticas para crear y administrar reservas territoriales y ecológicas;
• Ejercer indistintamente con el Estado el derecho preferente para adquirir inmuebles y destinarlos a servicios públicos;
• Autorizar, controlar y vigilar el uso adecuado del suelo.
• Otorgar licencias, autorizaciones y permisos de construcción de acuerdo a la normatividad vigente;
• Autorizar cambios de uso de suelo, de densidad e intensidad y altura de edificaciones, procedentes conforme a la normatividad e interés público;
• Participar en la supervisión de obras de urbanización, infraestructura y equipamiento de conjuntos urbanos, subdivisiones y notificaciones para condominios, así como recibirlas mediante actas de entrega recepción;
• Promover e intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra en ámbito de su competencia a petición de parte ante las instancias correspondientes;
• Participar en coordinación con las instancias federales y estatales, en la planeación y regularización de los centros urbanos involucrados en los procesos de conurbación;
• Expedir los Reglamentos y disposiciones necesarias para regular el desarrollo e imagen urbana;
• Normar el uso de la nomenclatura y números oficiales; así como autorizar y vigilar la colocación y mantenimiento de placas que identifiquen los domicilios particulares y comerciales;
• Promover el mejoramiento de las viviendas y de la imagen urbana del Municipio;
• Promover la conservación de edificios con valor arqueológico, histórico, artístico y cultural, en coordinación con las entidades competentes; y
• Las demás que señalen las disposiciones legales aplicables en la materia.
3.- FUNCIONALIDAD
Es evidente la manera en que la parte legal de estos proyectos de urbanización de Interlomas ha sido ignorada desde el orden federal hasta el municipal comenzando por los lineamientos federales donde no se cumplen los propósitos de los programas como el de
vivienda o el Plan de Desarrollo.
vivienda o el Plan de Desarrollo.
Asimismo, contempla un sistema de localidades de los asentamientos humanos con base a la integración, crecimiento y distribución de la población del territorio municipal en torno a la regionalización del Municipio en 5 zonas, tomando como base el Plan de Desarrollo Urbano de Huixquilucan, el II Conteo de Población y Vivienda 2005 y el Nomenclátor de Localidades del Estado de México 1999.
Lo anterior para contar con ciertos alcances como los siguientes:
Definir la estructura urbana del Municipio, la zonificación de los usos y destinos del suelo de su territorio, la zonificación secundaria a nivel de predio y su normatividad en la zona urbana de la porción Este, que conlleven al ordenamiento territorial urbano y que garantice el bienestar social y el desarrollo sustentable en función de la vocación del suelo y la disponibilidad de agua.
Para efectos censales el INEGI denomina a una parte del territorio de Huixquilucan como localidad de “Naucalpan de Juárez”, en ella, se concentra la mayor parte de la población, equipamiento urbano y las actividades económicas del Municipio. Se estimó que para el año 2000 tenía 107,951 habitantes distribuidos en una superficie de 2,265 hectáreas con una densidad bruta de 48 habitantes por hectárea. Le siguen en orden de importancia Jesús del Monte con una población de 8,669 habitantes asentados en 131.46 hectáreas y con una densidad bruta de 66 habitantes por hectárea, y la Cabecera Municipal con una población de 7,962 habitantes distribuidos en 4,165 hectáreas con una densidad bruta de 2 habitantes por hectárea.
De acuerdo con los datos del II Conteo de Población y Vivienda del 2010, la población total del Municipio fue de 224,042 habitantes y en las localidades de Jesús del Monte hubo 19,113, en la Cabecera Municipal 9,200, y en la zona denominada Naucalpan de Juárez fueron 118,181 habitantes. El resto, 77,548 habitantes, se encontraron en las localidades con menos de 15,000 habitantes.
Cabe mencionar que Interlomas se encuentra ubicado en lo que el Inegi denomina Jesús del Monte y es evidente como en una tercera parte de la superficie del municipio vive un gran número de la población y va en aumento.
Huixquilucan presenta dos tipos de procesos de ocupación del suelo. El primero corresponde al que se ha tenido en la porción este de su territorio el cual se ha debido a la expansión de las áreas urbanas que en las últimas décadas han tenido las Delegaciones Miguel Hidalgo en el Distrito Federal y el Municipio de Naucalpan por un lado, y por otro al que se ha presentado en la Delegación Cuajimalpa; crecimientos que se dieron más acelerados en el periodo 1970 - 1990 a partir de los desarrollos habitacionales como los fraccionamientos de La Herradura, Tecamachalco, y Bosque de las Lomas, entre otros, los que por la topografía accidentada se han desarrollado con una ocupación discontinua y con grandes desequilibrios en el crecimiento de las zonas ocupadas.
El segundo proceso se origina con la expansión de las áreas de asentamientos humanos propias de las comunidades de colonias populares ubicadas en la zona Este, y de las localidades rurales, así como de la Cabecera Municipal que se encuentran en la parte Oeste.
En el primer caso, el crecimiento de las zonas urbanas en Huixquilucan se ha favorecido por su cercanía con Naucalpan y las Delegaciones citadas, que bajo el fenómeno de expansión continúa de la mancha urbana de la Ciudad de México ha llegado a ocupar áreas del Municipio en donde la existencia de suelo disponible, así como las políticas del Estado de México sobre la aprobación de nuevos fraccionamientos, han propiciado dicha ocupación, que si bien la accidentada topografía ha representado problemas diversos, también ha constituido un atractivo paisajístico para los fraccionamientos creados mayoritariamente de nivel alto.
Por su parte, la estructura de la zona urbana de Huixquilucan se ha conformado por la suma de fraccionamientos de tipo residencial que se desarrollaron en la porción Este del territorio a partir de los límites con el Municipio de Naucalpan y de la Delegación Cuajimalpa, en muchos de los casos de manera independiente; de igual manera está integrada por las zonas habitacionales de las colonias populares aquí establecidas, así como por los siguientes elementos estructuradores: Centro urbano, corresponde al denominado Magnocentro o Interlomas donde se concentra el comercio vecinal y regional, las oficinas privadas y públicas, bancos, y otros servicios. Se encuentra prácticamente en el área central y es el único centro con estas características que existe en Huixquilucan.
Corredores urbanos, en la zona urbana se encuentran dos corredores urbanos,
el primero es la Carretera Mexico - Huixquilucan y en la Av. Palo Solo; estos se encuentran en proceso de consolidación, localizándose comercio de barrio y vecinal mezclado con el uso habitacional, servicios y equipamiento educativo.
Estructura vial, la zona urbana de Huixquilucan se encuentra estructurada por vialidades primarias que comunican internamente a las zonas habitacionales, así como con la Delegación Miguel Hidalgo y Naucalpan, estas vialidades son principalmente vialidades primarias las cuales van en dirección Noreste – Suroeste que parten, o acceden, de vialidades existentes en el Municipio de Naucalpan, por lo que la comunicación interna se da en estos sentidos, sin que haya otras vías con esta jerarquía que hagan la comunicación de las distintas zonas habitacionales en dirección transversal, es decir, Norte – Sur.
4.- ESTUDIO DE CASO
Debido a su colindancia con el municipio de Naucalpan y el D.F Interlomas es un lugar céntrico para vivir, sin embargo esto ha generado que la población haya aumentado en una escala importante al grado de que las vialidades terrestres se saturen debido a la gran influencia vehicular, también se debe a que debido a la superficie no se pueden construir departamentos sin embargo se autorizaron varias licencias de construcción para los mismos
Las vialidades secundarias y locales se encuentran en lo general al interior de los fraccionamientos y en Magnocentro, y junto con la red vial primaria conforman una estructura de plato roto que se ha dado como consecuencia de la topografía de la zona que se caracteriza por sus pendientes moderadas y altas con la existencia de diversas barrancas que surcan el territorio y que imposibilitan la adecuada continuidad de las vialidades y por ende la comunicación entre las zonas habitacionales, comerciales y de servicios.
Otro de los problemas con los que se cuenta es que debido a la mala planeación de este lugar es que no visualizaron el drenaje a largo plazo y en temporadas de lluvia hay severas inundaciones.
Todo ello lo encontramos en un porcentaje de 17. 11% del territorio municipal y es evidente la manera en que se ve superada esta infraestructura debido al crecimiento poblacional y urbano de Interlomas.
5.- LEGITIMIDAD
Una de las soluciones principales es la de ya no otorgar licencias de construcción para unidades habitacionales y cambiar el tipo de uso de suelo puesto que no es el indicado para el desarrollo de este centro urbano.
Así como mejorar la red del drenaje trabajando en coordinación con CONAGUA para el entubamiento de los ríos que pasan por esas zonas y se encuentran gravemente contaminados.
Esto dando cumplimiento a normatividades estatales y promover la modificación del bando municipal con la comisión correspondiente para ya no dar licencias de construcción y así evitar la saturación de las vialidades que no fueron planeadas para una gran urbe habitacional, que además requerirán de servicios públicos en los cuáles la Administración se ve superada debido a que sus alcances económicos no solo se destinan a esta parte del municipio si no a las zonas populares y tradicionales, las cuales también cuentan con necesidades transcendentales para su desarrollo urbano.
También se puede dar un mejoramiento urbano si:
• Contribuir con el desarrollo económico y social del Municipio, mediante la definición de usos del suelo diversificados y de normas que lo promuevan, que den como resultado oportunidades de empleo, equilibrio demográfico y ambiental.
• Contribuir con el desarrollo económico y social del Municipio, mediante la definición de usos del suelo diversificados y de normas que lo promuevan, que den como resultado oportunidades de empleo, equilibrio demográfico y ambiental.
• Dotar de elementos técnicos y de validez jurídica a las autoridades municipales, para garantizar la ordenación y regulación del desarrollo urbano en Huixquilucan.
• Identificar la dinámica urbana del Municipio, especialmente la manifestada del año 2003 (año de aprobación del Plan anterior), a la fecha, con el fin de conocer su problemática y sus tendencias, y garantizar su desarrollo sin afectación ni perjuicio al medio natural, social y urbano.
• Definir la estructura urbana y vial que propicie la vinculación de las dos porciones del Municipio, así como su integración interna y con el entorno metropolitano.
• Definir los requerimientos prioritarios de vialidad, vivienda, transporte, equipamiento, e infraestructura y servicios urbanos con el aprovechamiento óptimo de los recursos disponibles de la Administración Pública.
• Atender a los requerimientos de desarrollo económico regional estableciendo los usos recomendables en aquellas zonas factibles de urbanizar y en las que se estipule permanezcan sin urbanizar.
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